DENUNCIA DE OIDE CONTRA LA DISCRIMINACIÓNDE LA MUJER ESPAÑOLA EMIGRANTE Y DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD.

A TODOS LOS HOMBRES Y MUJERES DE BUENA VOLUNTAD DEL MUNDO.-

 

Desde la Organización Internacional de Descendientes de Españoles estamos denunciando un atropello. Se está cometiendo ahora mismo una injusticia, una discriminación contra la mujer española emigrante que es inaceptable. Otro tanto sucede con los hijos mayores, de los nuevos españoles de origen, bajo el manto de aplicación de la ley 52/07.

Sucede que a la mujer española que emigró no se le reconoce el derecho a trasmitir la nacionalidad a sus hijos y nietos de la misma forma que a los varones. Se le  niega este derecho en el supuesto de que hubiera contraído matrimonio con un no-español. La ley de Memoria Histórica a través de la Disposición adicional 7ma y la instrucción que se está aplicando en estos momentos ratifica este sinsentido. Sólo los hombres emigrantes pueden trasmitir la Nacionalidad de origen.

La LEY ORGÁNICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres dice en sus argumentos: “Esta norma  integradora del ordenamiento jurídico español, obliga a los poderes públicos a adoptar medidas específicas, razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso, en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres, con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad. Pues bien la” situación patente de desigualdad” se da en este caso.

Hay que mencionar que, antes del 1978, a la mujer española emigrante se le privaba de nacionalidad de origen, obligándola a tomar la del esposo o la del país de acogida. Esto ha generado que exista actualmente una cantidad impredecible de denegaciones y rechazos al acceso a la nacionalidad en la aplicación de la LMH.

Esta situación es anormal, antinatural y discriminatoria, sea cuales fueren los argumentos técnico-legales que se esgriman. No es posible mantener las cláusulas anacrónicas que discriminan a la mujer. Debe haber una forma de resolver esta desigual situación. No podemos admitir que la mujer sea nuevamente la afectada.-

Pero además de lo indicado con respecto a las abuelas, en la mencionada ley y en la Instrucción respectiva se reconoce la posibilidad de que estos nuevos españoles trasmitan su nacionalidad de origen a los hijos/as menores pero se prohíbe para los hijos/as mayores de 18 años por lo cual se convierte en otra discriminación por razón de la edad contraria al espíritu y la letra de nuestra Constitución y la ley de Igualdad.-

Cualquier distinción que se quiera hacer para que unos hijos reciban la nacionalidad y otros no, es contraria al artículo 14 de la  constitución española, porque según el mismo no corresponde hacer distinciones entre españoles, por cualquiera de los motivos enumerados en el mismo. El que un grupo de españoles pueda  transmitir la nacionalidad a unos hijos y a otros no, es contrario al criterio de Igualdad que se pretende implementar.

Desde hace varios años se viene fraguando un reconocimiento en el seno de la sociedad española como sentimiento de aceptación y apoyo al retorno de los retoños de la emigración en el mundo. A nuestro entender esta es una de las variadas causas que ha llevado sabiamente al gobierno a la promulgación de la ley 52/07, especialmente su Disposición Adicional 7ma., para reconocer a esta descendencia el derecho de su condición de ciudadanos españoles plenos.-

 

 

Se prometió a los hijos y nietos de emigrantes españoles una ley amplia y que corrigiera estas y otras injusticias, sin embargo en la realidad se han producido discriminaciones y se han cercenado derechos.

 

Reclamamos una nueva normativa SIN DISCRIMINACIONES!

Que se reconozca el derecho de la mujer española a trasmitir la nacionalidad a sus hijos y nietos en las mismas condiciones que la de sus pares varones.

Debemos hacer algo y pronto, pues sólo quedan 18 meses para que termine el plazo de aplicación de la citada ley y podamos enmendar estos desatinos. Es el momento de una solución urgente y clara.

Basta ya de modificaciones sucesivas, poco claras e injustas del

Código Civil

Exigimos un cambio Ya!!!

Por una nueva normativa SIN DISCRIMINACIONES!

 

RECLAMAMOS una inmediata respuesta!!!

A las Asociaciones de emigrantes y retornados españoles, A los consejos de residentes de españoles, a las Asociaciones y Federaciones de colectividades fuera de España, a las Asociaciones que defienden los derechos de las Mujeres, a las Asociaciones de Derechos Humanos y al pueblo ESPAÑOL:

Les pedimos apoyo para luchar en contra de esta injusticia.

 A los hijos y nietos de emigrantes españoles, les decimos

 

UNÁMONOS Y DENUNCIEMOS

ESTE DERECHO VIOLADO ANTES DE QUE  SEA DEMASIADO

TARDE!!

 Actuemos para que se corrija esta injusticia

 

Trabajemos por una LEY DE NACIONALIDAD Amplia,

Integradora y que resuelva definitivamente el reconocimiento

de nuestro colectivo, tal y como existe en el

resto de los países de la Unión Europea.

 

 

Esperamos tu apoyo, no te quedes afuera de este reclamo!!!

Envía tus datos apoyando esta Declaración a:

[email protected],

 

 

 
 
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Mi aporte al tema:

UNA DE LAS POSIBLES 
DECLARACIONES

 

 

A TODOS LOS HOMBRES Y MUJERES DE BUENA VOLUNTAD DEL MUNDO.-

A LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS Y A SU COMISIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.-

AL PARLAMENTO Y A LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE EUROPA.-

A LA SOCIEDAD ESPAÑOLA TODA Y EN ESPECIAL A SUS FUERZAS MÁS PROGRESISTAS.-

A LA PRESIDENCIA Y A LA DIRECCIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS DE ESPAÑA.-

A LAS ASOCIACIONES DE EMIGRANTES ESPAÑOLES EN EL MUNDO.-

A LOS HIJOS, NIETOS Y DEMÁS FAMILIARES DE EMIGRANTE ESPAÑOL EN CUALQUIER PARTE DEL UNIVERSO.-

A LOS CIUDADANOS ESPAÑOLES EN GENERAL.-

 

Estimados todos:

Desde la Organización Internacional de Descendientes de Españoles estamos denunciando un atropello.-

 

Se está cometiendo ahora mismo ante nuestro ojos una INJUSTICIA TREMENDA, una discriminación contra la mujer española que emigró y sus hijos que no podemos aceptar. 

 

En qué consiste esta INJUSTICIA TREMENDA?

 

Pues que la mujer española que emigró no se le reconoce su derecho a trasmitir su ciudadanía a los hijos y a sus nietos. Una ley MACHISTA del gobierno de Francisco Franco le niega ese derecho en el supuesto de que hubiera contraído matrimonio con un no-español. La ley de Memoria Histórica ratifica este sinsentido. Sólo los hombres pueden trasmitir la Nacionalidad -

 

No les parece que tal situación es aberrante y discriminatoria, sea cuales fueren los argumentos que se expongan?.- 

 

Nuestro país es libre y democrático y no debe cercenar un derecho tan universal como el de trasmitir la Nacionalidad de origen a los hijos.-

 

Si el espíritu de la ley de Memoria Histórica en la que se encuentra la DA 7ma., tiene como objetivo, entre otros, ayudar a mitigar los efectos que para la Sociedad española significó el nefasto franquismo , preguntamos:

 

Cómo es posible mantener las cláusulas anacrónicas que discriminan a la mujer?

 

Cómo se explica, desde el punto de vista ético, que dos hermanos que marcharon junto a otros lares a labrarse un futuro mejor para ellos y también para su familia en España, no tengan a la luz de la LMH iguales derechos para con sus descendientes?

 

 Por qué ha de ser la mujer, nuevamente, la afectada? 

 

No hay forma de resolver esta desigual situación y permitir a los nietos de las españolas emigrantes que tengan iguales derechos que sus hermanos varones?.-

 

Desde hace varios años se viene fraguando un reconocimiento en el seno de la sociedad española como sentimiento de aceptación y apoyo al regreso de los retoños de la emigración en el mundo. A nuestro entender esta es una de las variadas causas que ha llevado sabiamente al gobierno a la promulgación de la ley 52/07, especialmente su Disposición Adicional 7ma., para reconocer a esta descendencia el derecho de que le sea reconocida la condición de ciudadanos españoles con plenos derechos.-

 

Sabemos que por muchos motivos las promesas de los hombres  y mujeres que ostentan el poder en España, no pueden ser cumplidos exactamente a cómo se enunciaron en su momento, como es el caso del derecho de los nietos a la Nacionalidad. Se nos prometió una ley amplia que nos reivindicara ese derecho, sin embargo en la realidad se han producido discriminaciones y se han cercenado derechos. Por tal motivo estamos reclamando, se reconozca el derecho de la mujer española a trasmitir su “iure sanguinis” a sus nietos.

 

Debemos hacer algo y pronto, pues sólo quedan 18 meses para que se acabe el plazo de aplicación de la citada ley y podamos enmendar este desatino.-

 

Con el apoyo de vosotros y los representantes del Retorno a las Raíces (es decir los hijos y nietos de emigrantes españoles) deseamos encontrar una solución. 

 

Que la historia nos juzgue por haberlo intentado, no por quedarnos de brazos cruzados.-

 

Es el momento de reclamar una solución urgente y clara para esta INJUSTICIA.

 

UNÁMONOS TODOS  Y DENUNCIEMOS ESTE DERECHO VIOLADO ANTES DE QUE SEA DEMASIADO TARDE!!

 

 

JUNTA DIRECTIVA DE OIDE, BARCELONA 8 DE MAYO DE 2010.-



 
Este sitio servirá para debatir y aclarar las dudas surgidas en el colectivo de personas que desean insertarse en la Sociedad española ahora mismo y tiene entre sus ancestros o antepasados un bisabuelo/a, un abuelo/a o alguno de sus padres que haya sido español de nacimiento. 
Este será el objetivo prioritario de nuestro Blog.-

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    Domingo Regalado Miranda

    Somos hijos y nietos de españoles que emigraron hacia Latinoamérica en los  siglos XIX y XX.
    Hemos estado trabajando como voluntarios en la divulgación de la Ley 52/07 para dar derecho a los nietos a obtener la Nacionalidad de sus padres-abuelos desde sus países de origen.
    En esta travesía hemos hecho muchos amigos y ahora contamos con un grupo de colaboradores que nos ayudarán al esclarecimiento de las dudas e inquietudes de los Descendientes como nosotros en cualquier lugar donde se encuentren.
    Nuestro equipo está compuesto por un abogado de reconocido prestigio en estos temas y varios expertos en la obtención de la Nacionalidad española y el proceso de Retorno, así como todos los demás trámites para cualquier descendiente en relación con su inserción rápida y no traumática en la sociedad española.-

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